POBLACIÓN GENERAL-ADULTOS

 

 

 

 

I.V.O.

Información, valoración y Orientación, además del trámite de diferentes prestaciones y/o ayudas (reconocimiento de minusvalías, Pensiones no Contributivas – invalidez o jubilación-, Ayuda Económicas Básicas, >Ayudas económicas puntuales, etc……).

Derivación hacia otros Servicios ( Cabildo, Hospital, Centro Salud, Educación, Centro de drogodependientes……….etc).

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE JUBILACION E INVALIDEZ:

ESPAÑOLES

Desde los Servicios Sociales se tramitan pensiones de la Dirección General de Servicios Sociales, donde el interesado que reuna los requisitos establecidos en el R. D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. 29 junio), junto con el modelo de solicitud debe acompañar la siguiente documentación:

1.Fotocopia compulsada del D.N.I. en vigor del solicitante o en su defecto fotocopia compulsada del pasaporte.

2.Certificado de Ayuntameinto que acredite el/los periodo/s de residencia en el/los municipio/s.

3.Cuando la solicitud se firme por persona distinta al interesado ( fotocopia compulsada del D.N.I. del representante o guardador de hecho y justificante acreditativo de la representación legal o declaración de guardador de hecho según modelo oficial)

4.Fotocopia Documento Datos Bancarios con los 20 dígitos.

EXTRANJEROS:

1.Fotocopia compulsada del pasaporte y de la tarjeta, permiso o justificante de residencia en España, referente tanto a la residencia actual, como a los periodos que se alegan.

2.Idem punto 3 del apartado anterior.

3.Fotocopia Documento Datos Bancarios con los 20 dígitos

OTROS DATOS DE INTERES QUE SE DEBEN APORTAR:

1. Separación matrimonial o divorcio: Fotocopia de la sentencia, convenio regulador especificando cuantía manutención. Si la separación es de hecho, denuncia de abandono del otro cónyuge o iniciación del proceso de separación.

2.Supuesto de nietos menores que se declara conviven en el domicilio del interesado sin sus padres (Guarda y custodia):

3.Trabajadores autónomos: Fotocopia de la última declaración de la renta/pagos fraccionados o en su defecto, certificado de Hacienda de no haberla efectuado.

4.Si se poseen bienes inmuebles distintos de la vivienda que habitualmente se ocupa: Fotocopia del recibo del abono del impuesto sobre bienes inmuebles (antigua contribución territorial). Si se tienen en explotación o alquiler, en la solicitud se hará constar lo que producen anualmente o el importe de alquiler/año, adjuntando fotocopia compulsada del último recibo en el que conste la cantidad del arrendamiento.

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AYUDA ECONÓMICA BÁSICA

Desde los Servicios Sociales se tramitan ayudas aprobadas en la Comunidad Autónoma Canaria para la integración social de las personas más necesitadas , donde el interesado que reuna los requisitos establecidos en el Decreto 13/1998, de 5 de febrero, junto con el modelo de solicitud debe acompañar la siguiente documentación:

1.Fotocopia compulsada del D.N.I. en vigor del solicitante o en su defecto fotocopia compulsada del pasaporte.

2.Certificado de Ayuntamiento que acredite 3 años de residencia en uno o varios municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias, inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, así como informe en relación con la convivencia, en el mismo domiclio, de los miembros de la unidad familiar (....)

3.Acreditación documental de estar inscrito como demandante de empleo (...).

4.Documento que justifique si percibe o no prestaciones por desempleo.

5.Documento que recoja su situación de afiliación en los diferentes regímenes de la Seguridad Social.

6.Declaración responsable acerca de los ingresos, rentas o patrimonio que el solicitante o los restantes miembros de la unidad familiar, perciba o posea en el momento de la solicitud de la ayuda, haciendo constar si ha formulado o no declaración de la renta en el último ejercicio y, en caso afirmativo, copia de la misma.

7.Otros documentos de interés para justificar la concurrencia de circunstancias y requisitos del art. 4 del presente Decreto. Asímismo, deberá presentar los demás documentos que le sean requeridos por la Administración para un mejor conocimeinto de su situación.

8.En el caso de que el solicitante no perciba la pensión alimenticia o auxilio económico fijado en resolución judicial, acompañará testimonio del Auto o Sentencia dictada, así como justificaición documental de haber formulado la correspondiente denuncia por incumplimiento del obligado a prestarlos.

9. Informe Social emitido por el Trabajador Social de este Ayuntamiento.

10.En caso afirmativo, programa de integración convenido elaborado por el Trabajador Social.

 

¿Cómo contactar?

Teléfono: 922-41-81-60 ó 922-41-81-62, FAX: 922-41-84-01/02,
Dirección: C/ José López 15, 17 y 19
Correo electrónico a asuntosociales@santacruzdelapalma.com.

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AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL, MAYORES Y DISMINUÍDOS FÍSICOS, PSÍQUICOS Y SENSORIALES

Ayudas anuales destinadas a personas con escasos recursos económicos, que destinan este tipo de ayuda para cubrir necesidades básicas (luz, alquiler, agua, prótesis,vestuario, alimentos....etc).

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Desde los Servicios Sociales se informan de diferentes ayudas que ofrecen otros organismos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, las cuales se gestionan desde este Servicio.

El objeto de este programa es ayudar a sufragar gastos extraordinarios derivados del hecho de la emigración o del retorno.

Podrán ser beneficiario y solicitar estas ayudas tanto en el exterior como en el interior de España que reúnan aquellos requisitos que establece la Orden de 29 de agosto de 2000 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas y subvenciones públicas correspondientes a los Programas de actuación en favor de los emigrantes canarios.(B.O.E. num 221 de jueves 14 de septiembre de 2000).

Las solicitudes de ayudas presentadas en España por emigrantes retornados se acompañarán de la siguiente documentación:

*Copia compulsada del documento nacional de identidad nacional de identidad o pasaporte en vigor.

*Documento que acredite la fecha del retorno definitivo a España

*Justificantes de haber trabajado en el exterior durante un periodo mínimo d eun año, o excepcionalmente durante seis meses, desde la última salida de España. Aquellos documentos laborales que no sean oficiales, deberán venir adverados, respecto de su contenido, por la Consejería Laboral y de Asuntos Sociales u otra autoridad española en el exterior.

*Informe Social expedido por el Ayuntamiento donde esté empadronado el interesado o por una Unidad de Trabajo Social.

CUANDO LAS SOLICITUDES SE FORMULEN POR EL EMIGRANTE RESIDENTE EN EL EXTERIOR Y QUE SE ENCUENTRE TEMPORALMENTE EN ESPAÑA, bastará con que aporte la siguiente documentación:
CUANDO LAS SOLICITUDES SE FORMULEN POR LOS FAMILIARES DEL EMIGRANTE QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN ESPAÑA, SE DEBERÁ APORTAR, ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN INDICADA EN EL APARTADO ANTERIOR:
CUANDO LA SOLICITUD SE FORMULE POR LOS FAMILIARES DEL EMIGRANTE RESIDENTE EN CANARIA, SE DEBERÁ PRESENTAR ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN DEL APARTADO ANTERIOR:

*El certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento donde reside el solicitante.

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Teléfono: 922-41-81-60/62, FAX: 922-41-84-01/02,
Dirección: C/ José López 15, 17 y 19
Correo electrónico a asuntosociales@santacruzdelapalma.com.

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Asesorar, informar y fomentar acciones positivas orientadas al desarrollo integral e igualitario de la mujer.

Con este Servicio se pretende :

Suplir la falta de información generalizada en el colectivo de mujeres, especialmente en el ámbito jurídico, laboral, educativo y sanitario y tener un mayor conocimiento de las demandas en cuestiones laborales que plantea la mujer en este municipio.

El colectivo de mujeres es el que sufre intentando concienciar al mismo, de que la única forma de acabar con ésta situación es a través de la denuncia.

El Servicio a la Mujer está integrado por una Trabajadora Social (responsable del mismo) y una Jurista .

La Trabajadora Social valorará la demanda, gestionando aquellas ayudas y prestaciones que puedieran corresponder, derivándola cuando sea precisa a otros servicios como:

Se trabajan situaciones de pérdida de empleo y paro de larga duración, así como la existencia de necesidades formativas cuando todo ello sea consecuencia de la negativa por parte de la pareja a que se acceda a un trabajo asalariado o que existan verdaderas dificultades para continuar en el mercado laboral, debido a la inexistencia de apoyo en las cargas familiares y en las responsabilidades domésticas.

En este programa existitá una constante coordinación con otros agentes implicados como puede ser: A.D.L. (Agencia de Desarrollo Local), A.C.E. (Agencia Canariade de Empleo temporall), etc....


¿ Cómo contactar?

Teléfono: 922-41-81-60, FAX: 922-41-84-01/02,
Dirección: C/ José López 15, 17 y 19
Correo electrónico a asuntosociales@santacruzdelapalma.com.

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PROMOCIÓN DE 19 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL DE PROMOCIÓN PÚBLICA EN MIRCA.


TRAMITE DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS EN EL MEDIO RURAL.

PROMOCIÓN DE 19 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL DE PROMOCIÓN PÚBLICA EN MIRCA.


Según establecen los artículos sexto y noveno del Decreto 194, de 30 de septiembre, la fecha de cierre de solicitudes de la Promoción de 19 viviendas de Mirca fue el 31 de diciembre de 2003.

Las solicitudes de viviendas de promoción pública gestionadas desde los Servicios Sociales a fecha de cierre, ascienden 781 demandantes.

Los requisitos para acceder a este tipo de viviendas, (según capítulo tercero, artículo 13 del Decreto 194/1994 de 30 de septiembre), son los siguientes:

Acreditar ingresos familiares ponderados, iguales o inferiores a dos veces el salario mínimo interprofesional (…).
En el caso de que el valor real del patrimonio de la unidad familiar, no sea la única fuente de ingresos de la misma, habrá que acreditarse que a la fecha de cierre de solicitudes, aquél es igual o inferior al 50% del precio de venta, de una vivienda de protección oficial, en primera ocupación, con una superficie útil de 68m2.
No poseer ninguno de los miembros de la unidad familiar del solicitante vivienda en propiedad, o que teniéndola , concurran en ésta las circunstancias establecidas en los apartados a) o b) del punto 6 del presente artículo; (…).
Residir el cabeza de familia habitualmente en alguno de los municipios interesados en la promoción, o tener su centro de trabajo en alguno de ellos (….), salvo en el supuesto de aquellos peticionarios emigrantes, que retornados al municipio de origen o limítrofes, acrediten un tiempo mínimo de residencia en el extranjero no inferior a tres años. También reúnen requisitos aquellos peticionarios que, habiéndose trasladado desde un municipio interesado en la promoción, a otro municipio de las Islas Canarias, por motivos laborales, hayan retornado al mismo, exigiéndose, en tal caso un año de residencia habitual antes del cierre debiendo acreditar que con anterioridad habían residido un mínimo de diez años, en el municipio de partida (….) .
Acreditar que ninguno de los miembros de la unidad familiar, que solicita vivienda haya sido adjudicatario por cualquier título de un vivienda protegida (….)

La documentación que ha de aportar el interesado para poder formalizar su solicitud inicial en la oficina del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma es la siguiente:

PARA ACCEDER CUPO GENERAL:

Fotocopia de N.I.F. ó N.I.E.
Fotocopia del libro de familia o partidas de nacimiento de cada uno de los miembros de la unidad familiar y carné de familia numerosa si procede.
Ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar: ha de aportar nóminas, certificados de empresa, declaración de la renta, declaraciones juradas, certificados emitidos por el INSS (pensiones, bajas laborales) o INEM, etc……….
Vida Laboral.
Acreditar lugar de residencia en los últimos 10 años, contratos arrendamientos si procede o cualquier otra situación precarista, recogido….etc.

 

PARA ACCEDER CUPO MINUSVÁLIDOS:

Además de los documentos anteriormente mencionados se precisa:


Certificación de la Dirección General de Servicios Sociales acreditativa de la discapacidad de alguno o algunos de los miembros de la unidad familiar así como del equipo de valoración en el cual se especifique que precisa vivienda adaptada tanto interior como exteriormente.

PARA ACCEDER CUPO EMIGRANTES:

Además de los documentos enumerados en el cupo general, se precisa:

Pasaporte español del solicitante y miembros de la unidad familiar si procede.
Baja Consular del solicitante y miembros de la unidad familiar si procede.

¿Cómo contactar?

Teléfono: 922-41-84-00 ó 922-41-81-60, FAX: 922-41-84-01/02,
Dirección: C/ José López 15, 17 y 19
Correo electrónico a asuntosociales@santacruzdelapalma.com.

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TRAMITE DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS EN EL MEDIO RURAL.

El Deterioro y las deficientes condiciones de habitabilidad de un amplio número de viviendas ubicadas en el medio rural, ocupadas por familias con escasos recursos económicos, y el consiguiente desarraigo de las citadas zonas de población y la demanda de viviendas de protección oficial en áreas urbanas, constituye uno de los problemas que, en materia de vivienda, se vienen manifestando en nuestro municipio.
Por esta razón nos acogemos todos los años al Decreto 38/2000, de 15 de marzo, por el que se regula el otorgamiento de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en el medio rural y su delegación en los municipios y el Decreto 161/2000, de 24 de julio, por el que se modifica alguno de los apartados del Decreto anterior.
En este Municipio se considera medio rural a las zonas: Velhoco, Mirca y La Dehesa.

 

REQUISITOS PARA ACCEDER A LA SUBVENCIÓN:

o Que la vivienda en la que se van a realizar las obras de rehabilitación se encuentre enclavada en el medio rural.
o Que dicha vivienda constituya la residencia habitual y permanente de la unidad familiar del solicitante
o Que las condiciones de habitabilidad de la vivienda resulten insuficientes.
o Que el solicitante sea titular de la vivienda en la que se van a realizar las obras de rehabilitación.
o Que ninguno de los miembros de la unidad familiar se titular de otra vivienda.
o Que los ingresos familiares anuales no excedan de las cantidades que establece el artículo 4, apartado f) del Decreto 38/2000, de 15 de marzo.
o Que la vivienda y las obras de rehabilitación se ajusten a lo dispuesto en las normas urbanísticas que sean de aplicación.



DOCUMENTACIÓN NECESARIA QUE HA DE APORTAR A LA SOLICITUD:


¿ Cómo contactar?

Teléfono:922-41-84-00 ó 922-41-81-60, FAX: 922-41-84-01/02,
Dirección: C/ José López 15, 17 y 19
Correo electrónico a asuntosociales@santacruzdelapalma.com.

 

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INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN y gestión de ayudas para discapacitados, pensiones no contributiva de invalidez , reconocimiento de minusvalía , tarjeta aparcamiento para personas con movilidad reducida, otras ayudas especificadas en apartados anteriores.